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Los argumentos que desacreditan la gran prueba de Ecuador para defender la nacionalidad de Byron Castillo

La FIFA ya tiene en sus manos la denuncia de Chile contra Ecuador por la inclusión irregular del defensor Byron Castillo en los partidos por las Eliminatorias. Dos de los encuentros involucraron a la Roja y en Quilín sacan cuentas alegres: si se comprueba la falta, el equipo de Gustavo Alfaro perderá las unidades que cosechó con el carrilero en el campo de juego, las que se traspasarán a sus respectivos rivales. En consecuencia, la Selección sumaría cinco puntos más y se clasificaría al Mundial por la vía administrativa. El combinado del Guayas perdería en los escritorios la plaza que se ganó en la cancha.

En Ecuador aseguran hasta el hartazgo de que la acción chilena no tiene asidero. Afirman que la justicia ecuatoriana zanjó hace rato la nacionalidad del defensor del Barcelona de Guayaquil, que comenzó a impugnarse en 2017, lo que dio inicio a una serie de indagatorias en todos los niveles. Dos años antes, de hecho, ya existían sospechas. En 2018, surge el antecedente que fundamenta la certeza ecuatoriana de que el jugador no presenta incompatibilidades para defender a su combinado: la sentencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas en un Habeas Data iniciado por el Jugador contra la Dirección General del Registro Civil del Ecuador.

El Habeas Data es una acción legal contemplada en muchas constituciones de varios países, cuyo propósito principal, resumidamente, es proteger los derechos civiles y los datos personales de un ciudadano. Es una garantía constitucional otorgada a los ciudadanos para que, entre otras cosas, se respeten sus derechos fundamentales, incluyendo la actualización, rectificación, eliminación o anulación de sus datos existentes en los registros públicos o privados, de acuerdo con la Constitución de Ecuador.

En 2018, la Dirección General del Registro Civil del Ecuador emitió un Informe Técnico Jurídico, en 2018, en el cual apuntó innumerables inconsistencias en el certificado de nacimiento del Jugador, que fue el documento utilizado para su cedulación e identificación en Ecuador. Entre ellos están su inexistencia en la base de datos del registro civil nacional y el conflicto de numeración con otro certificado de una persona real, lo que llevó a la Dirección Nacional del Registro Civil a concluir que este documento estaba presumidamente falsificado. Producto de esta situación, se agregó una observación en el registro de identidad de Castillo indicando como “cédula inválida por contravención”. Entonces Castillo quedó sin identificación civil en Ecuador. El Habeas Data se presentó precisamente con el objeto de eliminar esa observación.

Argumento favorable

La Corte falló en favor del jugador declarando su derecho fundamental y constitucional de poseer una identificación civil, y que como consecuencia de esto determinó que la Dirección Nacional del Registro Civil debería eliminar la observación “cédula inválida por contravención”.

Sin embargo, tal resolución, a juicio de Carlezzo no resuelve el fondo de la causa que motiva la ofensiva chilena para llegar al Mundial por la vía administrativa. El jurista plantea que el tribunal no se refirió a la veracidad del certificado de nacimiento ni lo contrastó con otras pruebas. Y que en caso alguno el dictamen autorizaría a Castillo a defender a Ecuador. “De ninguna manera, no existe ninguna línea en las razones de la sentencia acerca de esto”, enfatiza.

En esa línea, la postura de la federación chilena es, en voz del abogado brasileño, categórica: “De ninguna manera rechazamos el contenido de la sentencia. Por el contrario, la reconocemos en respeto a las autoridades judiciales de Ecuador. Sin embargo, lo que queremos hacer presente de forma muy clara es que lo que alega la FEF no está declarado en la sentencia. Conforme explicamos, el alcance del Habeas Data es limitado por la Constitución y leyes de Ecuador y no existió una apreciación legal acerca de las pruebas relacionadas al fraude en el certificado de nacimiento, pues la propia sentencia dijo que esto debería ocurrir en procedimiento legal oportuno, cuya competencia sería de la justicia penal, ya que falsificación de documento público está calificada como crimen”.

No era considerado

Castillo siempre ha estado en la mira. El 11 de enero de 2017, el Consejo ecuatoriano de Participación Ciudadana y Control Social emitió un comunicado acusando la adulteración de documentos en la selección Sub 20 que debía participar en el Sudamericano de ese año. Entre los apuntados, precisamente aparecía el lateral.

Castillo no era el único. El otro señalado era el arquero John Pereira. Ambos tienen un origen común: el club Norteamérica. “No es una mera coincidencia ni una sorpresa que, una vez más, un jugador inscrito por el club Norteamérica esté involucrado en una investigación sobre presunta falsificación de documentos”, plantea la defensa chilena.

El 19 de enero, como consecuencia de la denuncia realizada por el citado Consejo, Castillo y Pereira fueron retirados de la respectiva convocatoria. Ya había sospechas fundadas respecto de una irregularidad en su documentación. “La decisión adoptada por el máximo organismo del fútbol ecuatoriano obedece a su política de transparencia y rectitud de procedimientos”, manifestó, entonces, la federación ecuatoriana de fútbol. “La decisión fue tomada en virtud de la denuncia presentada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, sobre la identidad y documentación de ambos jugadores, quienes estarán excluidos de la Tri hasta que se realicen las investigaciones correspondientes por parte de las instituciones encargadas de este tema”, justificó la federación.

Original de La Tercera
Foto: AFP

@EstudioEstadio

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